ARTICULO 1. Objeto.

El software ofrecido por ISO GO, de acuerdo con las normas establecidas en las presentes condiciones generales, tienen por objeto la entrega al adherente de un software de sistema de gestión de calidad ISO 9001 versión 2015.

Por virtud del siguiente contrato, ISO GO se obliga a prestar al suscriptor de manera individual los servicios y el suscriptor se obliga a pagar una cuota mensual a cambio de la prestación de servicios (plan básico y/o servicios complementarios).

El suscriptor podrá consultar en cualquier momento por los servicios contratados, tarifas, planes y alcances.

ARTICULO 2. Definiciones.

Los términos que se emplean en las presentes condiciones generales, tienen como significado lo asignado a continuación:

ISO GO: Empresa proveedora del software ISO 9001 versión 2015.

SOLICITANTE: Toda persona de existencia física o jurídica con capacidad de contratar.

ADHERENTE: Todo solicitante que, a juicio de esta empresa, reúne todos los requisitos establecidos en las presentes condiciones generales.

ARTICULO 3. Vigencia.

3.1 La vigencia del siguiente contrato tiene un plazo inicial de duración de 12 meses, que se renovara automáticamente hasta que una de las partes decida rescindir dicho contrato.

ARTICULO 4. Contra prestación

4.1 ISO GO tendrá derecho a cobrar y el suscriptor estará obligado a pagar las tarifas que incluyen los impuestos correspondientes a los servicios contratados.

4.1 Los cargos por los servicios contratados comenzaran a regir a partir de la fecha que se inició la prestación real.

ARTICULO 5. Activación de los servicios

5.1 La activación de los servicios empezará a regir desde el momento de la suscripción, en donde se podrá optar por el plan básico y/o por los servicios complementarios.

ARTICULO 6. Responsabilidad de uso.

6.1 El suscriptor es plenamente responsable de contar con el/los dispositivos y el sistema operativo necesario para el correcto funcionamiento del servicio contratado.

6.2 El suscriptor se obliga a utilizar los servicios contratados para uso exclusivo educativo y comercial.

ARTICULO 7. Suspensión – reactivación – continuidad de los servicios.

7.1 ISO GO informará al suscriptor por cualquier medio, la causa de suspensión del servicio, pudiendo ser reactivado si cumple con los requisitos establecidos.

La falta de pago del abono mensual, será uno de los causales de suspensión.

La tolerancia será de 15 días desde el vencimiento, una vez transcurrido el plazo mencionado, el servicio se suspenderá, debiendo el suscriptor optar por realizar el cambio de método de pago.

ISO GO se reserva el derecho de modificar, restringir o suprimir todos o cualquiera de los

servicios brindados en forma temporal o definitiva, previa notificación al Cliente dentro del plazo legal correspondiente, sin que estas medidas puedan ser objeto de requerimiento alguno, ni de derecho a reclamar daños o perjuicios por parte del cliente suscriptor.

ARTICULO 8. Consultas y/o reclamos.

8.1 El plazo para resolver consultas y/o soluciones técnicas serán informado en cada caso particular.

8.2 Se encuentra disponible la asistencia virtual para una comunicación más fluida.

ARTICULO 9. Uso de datos personales

9.1 ISO GO protegerá conforme a la normativa aplicable, los datos proporcionados por el suscriptor.

9.2 ISO GO almacenará información relacionada con datos de tarjetas de crédito, tarjetas de débito y otros tipos de formas de pago.

ARTICULO 10. Domicilio y jurisdicción.

10.1 Para todos los efectos legales, las condiciones generales se consideran como parte integrante de la solicitud de adhesión, constituyendo domicilio ISO GO en Alicia Moreau de Justo 2050 Piso 3. Oficina 314. CABA y el suscriptor en los indicados en el frente de la solicitud de adhesión. La información debe ser actual, completa y precisa, y debe mantenerla así.

Los cambios de domicilio del suscriptor deberán ser comunicados a ISO GO mediante notificación fehaciente dentro de los 3 (tres) días de producidos. Toda cuestión judicial de cualquier naturaleza que surja entre el suscriptor y la empresa deberá sustanciarse ante los tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.